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Congreso Cardioprotegido

El Congreso de SEMERGEN Andalucía será un Congreso Cardioprotegido, ya que cuenta con la presencia de dos desfibriladores semiautomáticos (DEA), y con personal sanitario formado para poder manejar dichas situaciones hasta la llegada de personal especializado

Las Urgencias y Emergencias sanitarias son aquellas situaciones que ponen en peligro la vida de la persona afectada o bien causan secuelas importantes para el desarrollo y disfrute de su vida. En muchas de ellas una detección temprana, una pronta activación de los sistemas de emergencias sanitarios, y el inicio precoz de medidas básica de urgencias disminuyen de forma importante este riesgo de muerte o de lesiones incapacitantes. De todas ellas destaca la Muerte súbita cardiaca, evento por el que el corazón deja de realizar su función de bombeo presentando la persona una perdida de conocimiento, parada cardiaca y parada respiratoria.

Hoy día, la muerte súbita cardiaca es la primera causa de mortalidad en los países desarrollados y afecta a todas las edades. Los equipos de Urgencias y Emergencias sanitarias están formados en la atención y reanimación de las personas que sufren esta situación, pero al ser una patología tiempo dependiente (en ella el retraso en el inicio de las maniobras de reanimación va en claro perjuicio para la supervivencia de la persona), se necesita de la colaboración e implicación de todos los ciudadanos.

El único tratamiento eficaz contra al muerte súbita cardiaca en sus primeros minutos son las maniobras de reanimación (RCP) y el manejo de los DEA.

En base a la evidencia científica que respalda la necesidad de una rápida detección, alerta de los equipos sanitarios e inmediata realización de maniobras de reanimación y uso del DEA, la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía promueve y legisla la formación en RCP y manejo de los DEA entre el personal NO sanitario. Dicha regulación viene recogida en decreto 22/2012 de 14 de febrero, publicado en BOJA 46 el 7 de Marzo de 2012, en el cual además se reflejan los espacios públicos y privados, establecimientos y aforos ciudadanos deben de disponer de DEA y personal formado en su manejo antes de un año desde la publicación de dicho decreto.

Por otro lado en el apartado de formación, el actual decreto en su disposición transitoria tercera, remite a la Orden de 4 de junio de 2013 por la que se determina la formación necesaria para el uso de los DEA fuera del ámbito sanitario, publicado en BOJA nº 113 de 12 de junio de 2013, por la que se determina el Centro e Institución que coordinará los programas de Formación Inicial y Continuada en RCP básica y uso de los DEA y se establece el procedimiento de autorización a Centros e Instituciones para impartir cursos; aunque como aportación novedosa, este decreto indica que el uso de DEA sin necesidad obligatoriedad formativa especifica abarca a las personas que posean el título de Medicina, Enfermería o Técnico en Emergencias Sanitarias.